26 de mayo de 2022.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la “protección de la vida desde la concepción”, al rechazar una porción del artículo 1 de la Constitución Política del Estado de Nuevo León, la cual señala que “desde el momento de la concepción entra bajo la protección de la Ley y se le reputa como nacido para todos los efectos legales correspondientes hasta su muerte natural”.
El máximo órgano legal echó para atrás esta modificación de NL, con lo que se inválida “la disposición de la Constitución de Nuevo León que tutelaba el derecho a la vida desde la concepción y limitaba el derecho de las mujeres y personas gestantes a la autonomía reproductiva”.
Mencionó que las entidades federativas carecen de competencia para otorgar el estatus de persona a un embrión o feto, además de para definir el origen de la vida humana, concepto de persona y titularidad de los derechos humanos, que ya están plasmados en la carta magna de la Constitución del país.
“Los principales esfuerzos del Estado para proteger la vida en gestación -como bien constitucionalmente valioso- deberán encaminarse a proteger efectivamente los derechos de las mujeres y de las personas gestantes, por ejemplo, ocupándose en la continuidad de los embarazos deseados; asegurando atención prenatal a todas las personas bajo su jurisdicción; proveyendo partos saludables y abatiendo la mortalidad materna, entre otros aspectos”, señaló la SCJN a través de un comunicado.
Los estados de Morelos, Baja California, Colima, Sonora, Quintana Roo, Guanajuato, Durango, Puebla, Querétaro, Nayarit, Jalisco, Yucatán, San Luis Potosí, Oaxaca, Chiapas, Tamaulipas, Veracruz, Sinaloa y Nuevo León, han impulsado reformas tendientes a proteger la vida desde la concepción.
Mientras que las entidades como los son: Oaxaca, Colima, Ciudad de México, Baja California, Sinaloa, Hidalgo, Veracruz y Guerrero, ya han despenalizado el aborto.