Aprueban fast track iniciativa de telecomunicaciones y radiodifusión

Foto: El Sol de México

Jueves 24 de abril de 2025.- El Senado de la República aprobó en fast track la reforma a la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, que fue enviada por la presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo, entre reclamos del bloque opositor.

Las comisiones de Radio y Televisión, Comunicaciones y Transportes, además de Estudios Legislativos la avalaron con 29 votos a favor y nueve en contra de la oposición.

Senadores de oposición reclamaron que el oficialismo aprobara el documento en forma rápida, y acusaron además censura en esta reforma.

“¡Entiendo que tengan prisa, pero la no frieguen. Van a tener que pasar por encima de nosotros en el Pleno. Esta no es una ley, es una censura”, afirmó el panista Ricardo Anaya.

Se prevé que dicha iniciativa sea aprobada por el Pleno de la Cámara Alta el próximo lunes 28 de abril.

El documento incluye la prohibición de propaganda política, ideológica, comercial o de cualquier tipo por parte de gobiernos o entidades extranjeras, con excepción de la promoción turística o cultural.

Propone dotar a la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones de facultades suficientes para cumplir el mandato constitucional de regular, promover y supervisar el uso, aprovechamiento y explotación del espectro radioeléctrico.

De la misma manera, la reforma a Ley de Telecomunicaciones, propone las redes y la prestación de los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones.

Además del acceso a infraestructura activa, pasiva y otros insumos esenciales, a fin de garantizar lo establecido en los artículos 6o. y 7o. de la Constitución.

La ley tiene por objeto establecer las bases de las políticas en materia de telecomunicaciones y radiodifusión.

Regular el uso, aprovechamiento y explotación del espectro radioeléctrico, las redes públicas de telecomunicaciones, el acceso a la infraestructura activa y pasiva.

Además, los recursos orbitales, la comunicación vía satélite, la prestación de los servicios públicos de interés general de telecomunicaciones y radiodifusión.

Así como los derechos de los usuarios y las audiencias, garantizar el desarrollo eficiente de los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión, que contribuyan a los fines y al ejercicio de los derechos establecidos en los artículos 6o., 7o., 27 y 28 de la Constitución Política.