El expediente llamado Honduras (IV)

Cuarta y última entrega: ¿Qué recomendación falta?

Después de recorrer desapariciones, asesinatos, territorios, cárceles, discriminación, independencia judicial y condiciones laborales, queda una pregunta que parece inevitable:

¿Qué recomendación falta que todavía no le hayan hecho a Honduras?

Durante décadas, el Estado ha recibido sentencias, medidas de reparación, obligaciones de investigar, proteger, consultar, garantizar derechos, capacitar funcionarios y evitar que los hechos vuelvan a ocurrir.

La lista es larga.

Y también lo son los expedientes.

Por eso quizá la pregunta ya no debería ser qué más tiene que decir la justicia internacional.

Tal vez debería ser qué hace el Estado con todo lo que ya le dijeron.


A Honduras ya le dijeron que debe investigar las desapariciones.

Se lo dijeron desde los primeros casos que llegaron a la Corte Interamericana.

Le dijeron que investigar no significa abrir un expediente y dejarlo avanzar indefinidamente.

Le dijeron que la investigación debe ser seria, efectiva y orientada a esclarecer los hechos y determinar responsabilidades.

Después llegaron otros casos.

Y la obligación volvió a aparecer.

Y volvió a aparecer.

Y volvió a aparecer.


También le dijeron que debe proteger a quienes defienden el ambiente.

Kawas Fernández.

Luna López.

Escaleras Mejía.

No son solamente nombres en una colección de sentencias.

Son personas que fueron asesinadas y cuyos casos permitieron identificar fallas en la respuesta estatal.

La pregunta que queda después de ellos no es solamente si se investigó cada asesinato.

Es si una persona que hoy recibe una amenaza puede encontrar una institución capaz de reconocer el riesgo y actuar antes de que sea demasiado tarde.


Le dijeron que los pueblos indígenas y afrodescendientes tienen derechos sobre sus territorios.

Que esos derechos no se reducen a entregar un documento.

Que la participación, la información y la consulta importan.

Que el desarrollo de un proyecto no puede borrar a una comunidad de las decisiones que afectan su territorio.

Triunfo de la Cruz.

Punta Piedra.

San Juan Garífuna.

Cayos Cochinos.

Cuatro expedientes que, leídos juntos, hacen imposible ignorar que existe una discusión institucional de largo plazo.

Y eso plantea una pregunta todavía más sencilla:

¿qué cambió entre una sentencia y la siguiente?


Le dijeron que las personas trans tienen derecho a vivir libres de violencia y discriminación.

Lo dijo la sentencia sobre Vicky Hernández.

Años después, apareció el caso Leonela Zelaya.

La respuesta institucional no puede consistir únicamente en reconocer después de los hechos que existió discriminación.

Tiene que alcanzar el momento anterior.

Cuando una persona pide ayuda.

Cuando denuncia.

Cuando entra a una institución.

Cuando necesita protección.

Cuando su vida corre peligro.

Porque una política pública se mide precisamente ahí: en el momento en que alguien necesita que funcione.


Le dijeron que las personas privadas de libertad conservan sus derechos.

El caso Pacheco Teruel convirtió una tragedia ocurrida en una prisión en una discusión sobre condiciones de custodia, seguridad y prevención.

Le dijeron que quienes trabajan en actividades peligrosas tienen derechos.

Los Buzos Miskitos llevaron esa discusión hasta la pesca de langosta.

Le dijeron que la independencia judicial debe ser protegida.

López Lone y Gutiérrez Navas volvieron a colocarla frente al Estado.

Le dijeron que el tiempo también importa.

Y casos como Deras García muestran lo que significa que una respuesta llegue décadas después.


Entonces quizá el problema ya no sea la falta de recomendaciones.

El problema es otro.

La distancia entre la obligación y la realidad.

Entre el protocolo y la práctica.

Entre la sentencia y la calle.

Entre el presupuesto y el resultado.

Entre la capacitación y la conducta del funcionario.

Entre el título de propiedad y el territorio efectivamente protegido.

Entre la denuncia y la protección.

Entre la investigación y la justicia.

Entre la promesa de no repetición y la siguiente víctima.


Por eso habría que cambiar también la manera de medir el cumplimiento.

No basta con preguntar:

¿Se creó el protocolo?

¿Se impartió la capacitación?

¿Se aprobó la reforma?

¿Se abrió la investigación?

¿Se emitió el reconocimiento?

¿Se entregó el título?

¿Se creó la base de datos?

Todas esas preguntas importan.

Pero hay otras que son todavía más difíciles.

¿Disminuyeron las violaciones?

¿Las investigaciones son más rápidas y efectivas?

¿Las familias reciben respuestas?

¿Las comunidades pueden defender sus territorios?

¿Las personas defensoras pueden realizar su trabajo sin quedar expuestas a un riesgo que el Estado conocía?

¿Las personas trans reciben un trato digno cuando acuden a una institución?

¿Las personas privadas de libertad pueden sobrevivir a una emergencia?

¿Los trabajadores miskitos pueden realizar su actividad sin que el riesgo sea tratado como algo inevitable?

¿Los jueces pueden ejercer sus funciones sin presiones indebidas?

Ahí está el verdadero examen.


Porque una institución puede cumplir administrativamente y fracasar humanamente.

Puede presentar un informe impecable y no haber cambiado nada.

Puede organizar una capacitación y mantener exactamente las mismas prácticas.

Puede crear una comisión y dejar intacto el problema que originó su creación.

Puede producir documentos mientras las víctimas siguen esperando.

Por eso el cumplimiento de una sentencia no debería ser solamente una conversación entre gobiernos, tribunales y oficinas.

También debería preguntarse qué cambió para las personas.


Y quizá ahí está una de las mayores enseñanzas de todo este expediente.

Las víctimas tuvieron que convertirse en víctimas.

Después tuvieron que denunciar.

Esperar.

Insistir.

Buscar abogados.

Agotar recursos.

Esperar otra vez.

Llegar al sistema interamericano.

Y esperar todavía más.

Hasta que aquello que habían dicho desde el principio fuera reconocido finalmente en una sentencia internacional.

No debería ser necesario recorrer todo ese camino para conseguir que el propio Estado escuche.

Ningún Estado debería considerar normal que una familia tenga que esperar veinte o treinta años para conocer la verdad sobre un crimen.

Ninguna comunidad debería necesitar una sentencia internacional para que su territorio sea respetado.

Ninguna persona defensora debería tener que morir para que el Estado reconozca que existía un riesgo.

Ninguna persona trans debería convertirse en un expediente internacional para que las instituciones entiendan que la discriminación también puede matar.

Ninguna persona privada de libertad debería morir esperando que existan condiciones mínimas de seguridad.


Por eso, al final de este recorrido, la pregunta con la que comenzamos regresa.

¿Cuántas veces hay que decirle a un Estado que investigue una muerte?

Quizá la respuesta más preocupante sea:

No debería ser necesario decirlo una segunda vez.

Pero Honduras tiene décadas de sentencias que vuelven sobre obligaciones fundamentales.

Investigar.

Proteger.

Reparar.

Prevenir.

Consultar.

Garantizar.

Capacitar.

No repetir.

Las palabras ya están escritas.

Los expedientes tienen nombres.

Las sentencias tienen fechas.

Las obligaciones están identificadas.

Los casos están documentados.

Lo que falta no es otra manera de explicar que una desaparición debe investigarse.

No hace falta otra sentencia para saber que un defensor debe ser protegido.

No hace falta otro expediente para entender que una comunidad tiene derecho a participar en las decisiones que afectan su territorio.

No hace falta esperar a otra víctima para reconocer que una institución debe funcionar antes de que ocurra el daño.

Necesitamos algo mucho más difícil: cumplir las obligaciones que ya existen.


Un Estado que aprende no es el que acumula más informes.

Es el que necesita menos sentencias para corregir los mismos problemas.

Es el que convierte una condena en una política.

Una política en una institución.

Una institución en una práctica.

Y una práctica en prevención.

El verdadero éxito de una sentencia no debería ser que años después podamos citarla.

Debería ser que el caso que pudo haber ocurrido después de ella nunca ocurriera.

Que una familia no tenga que tocar las mismas puertas.

Que una comunidad no tenga que volver a demostrar que su territorio importa.

Que un defensor pueda regresar a casa.

Que una persona pueda denunciar sin ser discriminada.

Que un trabajador pueda realizar su oficio sin poner en riesgo su vida.

Que un juez pueda decidir sin miedo.

Que una persona privada de libertad pueda sobrevivir una emergencia.

Que una víctima pueda encontrar justicia dentro de su propio país.

Ese sería el verdadero expediente cerrado.

No porque se archivó.

Sino porque ya no fue necesario abrir otro.

Y quizá esa sea la única pregunta que Honduras debería responder ahora:

¿Qué tiene que cambiar para que la próxima víctima no tenga que llegar hasta la Corte Interamericana para ser escuchada?

Alex Izán Hernández
Hombre trans, defensor de derechos humanos e ingeniero infieri en Informática y Electrónica. Cuenta con experiencia en el desarrollo y aplicación de tecnologías con enfoque de género, así como en la gestión y análisis de bases de datos orientadas a la identificación de patrones de violencia. Actualmente coordina el Observatorio de Violencia Social y de Género de la Red Lésbica Cattrachas, donde se desempeña como analista de muertes violentas de personas LGBTTI y de niñas, adolescentes y mujeres, además de realizar el seguimiento y monitoreo sistemático de noticias en medios digitales. De manera paralela, ejerce funciones como técnico en tecnología dentro de la misma organización.