Gobierno de Jalisco califica como improcedente el referéndum

Viernes 16 de enero.- El Gobierno de Jalisco, a través de la Secretaría General de Gobierno (SGG), fijó postura y consideró jurídicamente inviable la iniciativa para someter a referéndum el incremento a la tarifa del transporte público.
En un comunicado, la autoridad estatal argumentó que el Artículo 42 de la Ley del Sistema de Participación Ciudadana y Popular para la Gobernanza del Estado establece que el referéndum procede únicamente para derogar o abrogar disposiciones legales, decretos, reglamentos, acuerdos y normas de carácter general, con excepción de aquellas de naturaleza contributiva y de las leyes orgánicas de los Poderes públicos. Bajo esta interpretación, la SGG sostuvo que las tarifas del transporte público tienen carácter contributivo, al tratarse de contraprestaciones por un servicio público, por lo que no pueden ser materia de este mecanismo de participación ciudadana.
Asimismo, el gobierno estatal señaló que el Poder Legislativo solo está facultado para solicitar un referéndum cuando se trate de reglamentos y decretos emitidos por el Ejecutivo. En ese sentido, precisó que el ajuste tarifario fue establecido mediante un acuerdo administrativo del Poder Ejecutivo, lo que, de acuerdo con su interpretación legal, impediría la procedencia del referéndum.
Finalmente, la administración estatal cuestionó el procedimiento seguido por el Congreso del Estado, al indicar que la solicitud fue turnada al Consejo de Participación Ciudadana y no al Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC), organismo que —según el Ejecutivo— es la instancia legalmente competente para evaluar y, en su caso, procesar una convocatoria de este tipo antes de remitirla al Consejo correspondiente.