Filosofando: Maldición jurídica en Latinoamérica

Publicado el

 

10 de diciembre de 2022.- ¿Qué clase de maldición persigue a pueblos latinos en América? ¿La de la gitana u otra peor? Para casos graves, se mentaba también la maldición de los progenitores a sus hijos como muy sádica y cruel. Empataba ésta con el símil de enviar al maldito a lo más hondo de los infiernos.

Debe ir por ahí, si no hacemos mal rasero al comparar las actuaciones del poder judicial establecido y funcionando en nuestros pueblos latinos con estas duras maldiciones, lo que estamos viendo ocurrir por estos días en nuestros países. Resulta más que escandaloso encontrar que lo que eligen los pueblos en sus procesos electorales lo deshacen los jueces con la mano en la cintura. Fue movida la semana, visto con estos prismas, lo ocurrido en Perú, con la destitución de Pedro Castillo; en Argentina, al desaforar de por vida a Cristina Fernández de Kirchner y en México, con el sainete de discusión sobre una reforma electoral. Amerita entonces darle una repasada al punto.

En nuestros países vivimos una semana de disparates o descomposturas de naturaleza jurídica. El más cruel vino a ser lo ocurrido en Perú, en donde el presidente electo y ya con año y medio de instalado, Pedro Castillo Terrones, fue puesto de patitas en la calle. Aún no está concluido el trance, sino que parece más bien que apenas inicia. La turbulencia de las protestas populares y el restablecimiento de la calma vendrá en este país hermano, luego que con el paso de los días se ensayen figuras de convivencia que sean aceptadas por la mayoría o impuestas por la fuerza, en manos de los poderes fácticos, que suele ser una salida también. Es una salida autoritaria extrema, pero no nos es ajena. No hay que descartarla entonces.

Los conocedores a fondo de las sutilezas jurídicas establecidas en Perú debaten en torno a si el golpe de estado que le propinaron a Castillo fue legal o no. Bueno, ellos, como son cuidadosos de la formas, no lo dicen así. No hablan de golpe de estado, sino de procesos atenidos al espíritu o a la letra del derecho, asentadas en un libro fundamental al que todos deben atenerse y que se llama ‘constitución’. En eso nos parecemos bien todos estos países. Incluso invocamos a la letra de ese libro cuando nos da por exigir procedimientos y medidas que suponemos que han de tender al bienestar colectivo o a la salud pública, como lo gritamos a voz en cuello.

No hay o no encontramos mayor argumento de peso que éste: es lo que dicta la constitución. Y le damos para adelante en la pugna que estemos atizando. Dicen pues, los que conocen de estas triquiñuelas jurídicas peruanas, que el congreso puede aplicarle la medida de vacancia al presidente en funciones, quien fue elegido por la votación mayoritaria. Tiene que cubrir, para poder aplicar esta medida extrema, una mayoría calificada de votos. Es un formato extraño, pero si lo tienen sancionado en su texto legal fundamental, toca a sus peritos políticos aplicarlo cual debe ser o buscar las vías para dirimirlo y ajustarlo a una dimensión atinada.

Pero hay otra medida encontrada a ésta, también asentada en su libro sacro: El presidente puede disolver el congreso. Como es complicado imaginarse funcionando a un estado, sin congreso, se supone que al disolverlo en ácidos, el presidente invitará a la población a nuevas elecciones, para volver a formar su colegiado imprescindible. Pues bien, vimos desarrollarse este sainete en aquel pueblo andino y, la verdad sea dicha, no termina de caernos el veinte sobre lo acontecido a los extraños o no conocedores de tales sutilezas.

Si ya habían intentado los diputados aplicarle la vacancia en dos momentos anteriores y no habían alcanzado la mayoría calificada, pues está claro que el pleito estaba declarado entre ambas instancias, el poder legislativo y el ejecutivo. Parece que venía o estaba en el candelero turnar una tercera oportunidad, para sacarlo de la silla y todo apuntaba a que tampoco alcanzarían la ansiada mayoría calificada. Por ahí vino el recrudecimiento de sus iras. Pedro Castillo disolvió el congreso y se dispuso a inaugurar una nueva etapa, con nuevas partidas, para que funcionara su gobierno.

Pero entonces, un congreso ya disuelto se reúne, sesiona y le devuelve la pichada. Destituye al titular del poder ejecutivo y le da cuerda al trompo para que la vida institucional siga funcionando, ya sin Pedro Castillo a la cabeza. Las preguntas de los ajenos no se hacen esperar, como es obvio. ¿Vale la medida tomada por un congreso disuelto? ¿Es legal su decreto, si ya el titular del ejecutivo en funciones, los había mandado a freír espárragos?

Pero ya vimos que estas minucias no detuvieron el proceso de expulsión del anterior y la instalación del nuevo organigrama de poder ejecutivo. Y no solo eso. Para que no dé lata el recién deturpado presidente, que buscó la forma de venirse de bolón pimpón a México, lo detiene la policía, lo encierran en prisión y le indician con cargos de rebelión y conspiración. Ya podrían ajustar mejor los binoculares de su imaginación los tales juristas oficiales. Pero esto es otro boleto. Como decimos arriba, el sainete aún no concluye. Ya veremos qué novedades nos trae en los días que vienen.

Lo acaecido a Cristina Fernandez de Kirchner en Argentina y a nuestra reforma electoral en el congreso mexicano tiene hilos concatenantes a estas marrullerías jurídicas sacudidas ahora en Perú. Pero ya les daremos su repasada en otro espacio, pues éste se nos terminó agotando. Gracias.

En la misma categoria

Otras Noticias