Guadalajara, Jalisco.-Luego de que un ciudadano solicitó a la Unidad de Transparencia del Organismo Público Descentralizado (OPD) Servicios de Salud Jalisco conocer la totalidad de sentencias que emitió el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado contra la dependencia, se percató que le mintieron.
Por ello, presentó una denuncia ante la Contraloría del estado de Jalisco en contra de la directora Jurídica del OPD, Karla Córdova Medina y de la encargada de Transparencia, Ana Gabriela Bacquerie Alarcón, por su presunta responsabilidad administrativa.
El quejoso, explicó que el pasado 15 de junio, solicitó a la Unidad de Transparencia del OPD Servicios de Salud Jalisco, la totalidad de sentencias que emitió el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado (TJAE), así como los laudos del Tribunal de Escalafón y Arbitraje contra la dependencia, y documentos que comprueben su cumplimiento.
En el primer caso, la Unidad de Transparencia entregó un listado ─expediente 673/2021─ realizado por la Dirección Jurídica de seis expedientes hallados en el último año. Sin embargo, en una búsqueda en el portal del TJAE, aparecen otras dos sentencias.
Estas corresponden al caso de Insumos Médicos Sustentables, S.A. de C.V. con fechas 30 de abril y 24 de mayo pasado.
El quejoso pidió el pasado 24 de junio vía correo electrónico a la Contraloría estatal abrir la investigación correspondiente, y sancionar a las servidoras públicas.
De las seis sentencias de expedientes que se abrieron entre 2011 y 2019, ninguna se ha cumplido, puesto que en cinco casos se interpuso un amparo directo, y en una se apeló.
Según el artículo 85, de la Ley de Justicia Administrativa, cuando se emite sentencia ejecutoria, la autoridad tendrá mínimo 48 horas y un máximo de 15 días hábiles para cumplir. De no hacerlo, sería destituido el director del OPD Servicios de Salud Jalisco y la Junta de Gobierno.
En la otra petición de información -expediente 674/2021-, la Dirección Jurídica del OPD detalló que fueron 112 laudos, de ese total, en 2020 se emitieron 61, el resto fueron de enero a junio de 2021. Los expedientes que se abrieron por despido injustificado oscilan entre 2010 y 2019.
La Dirección Jurídica aseveró que el TEAJ no emite oficios sobre el cumplimiento de sentencias, “en consecuencia de ello, no tiene la obligación de brindar dicha información”.
La ley de Servidores Públicos del estado de Jalisco y sus municipios establece en el artículo 143 que una vez que sea notificado el auto de ejecución, el condenado tendrá 30 días para cumplir.
En el mismo apartado se menciona que los magistrados del TEAJ tendrán la responsabilidad de hacer cumplir los laudos, y la autoridad que incumpla los resolutivos del mismo será multado.
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