Mirada Violeta: Leonela vs juez Alberto Borea Odria

Foto: Redes sociales

La Corte Interamericana de Derechos Humanos celebró, este 25 de marzo de 2025, en su 173 Periodo Ordinario de Sesiones, la audiencia del Caso Zelaya Vs. Honduras.

Leonela Zelaya, quien era una mujer trans, trabajadora sexual, VIH-positiva, diagnosticada con tuberculosis y en condición de pobreza como resultado de la exclusión social, fue víctima de al menos cinco detenciones ilegales y arbitrarias, violencia y torturas por parte de policías, que culminaron con su transfemicidio el 6 de septiembre de 2004, hechos denunciados ante la Relatoría Especial de Naciones Unidas sobre la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes y a la Relatoría Especial sobre la violencia contra la mujer en el 2004. Leonela fue asesinada en un contexto de fundamentalismo religioso y aumento de violencia por prejuicio contra las personas LGBTI.

En la audiencia ante la Corte, tanto las peticionarias de la Red Lésbica Cattrachas y la fundación Robert F Kennedy, así como la Comisión Interamericana, dejaron en claro que el Estado Hondureño es responsable de violentar la identidad de género de Leonela y con ello el derecho al reconocimiento a la personalidad jurídica, la libertad personal, la vida privada, la libertad de expresión y el derecho al nombre, todo ello por cuanto la violencia que sufrió Leonela se originó en razón de su expresión e identidad de género y aun después de su muerte, este prejuicio marcó la falta de diligencia en lasinvestigaciones. El manejo de la investigación en el caso de Leonela es un ejemplo claro de cómo se llevan a cabo las investigaciones de los casos de violencia contra las personas LGBTTI en Honduras. La negligencia en el manejo de la investigación seobserva no solo en la ausencia de diligencias básicas sino en cómo se llevaron a cabo las pocas que sí se realizaron: como el acta de levantamiento del cadáver en el que no se tomaron fotografías porque no contaban con rollo fotográfico, o que se consignara elcadáver de Leonela como “desconocido” sin llevar a cabo las diligencias mínimas para identificar a la víctima, o que nunca se buscara recabar el testimonio de la persona que notificó el hallazgo del cadáver o de su familiar Thalía. Pero quizás el ejemplo más ilustrativo de esta falta de debida diligencia, es que el Estado haya extraviado el expediente de investigación por casi 14 años y tuviera el cinismo de solicitarle a las representantes peticionarias, que compartieran las copias del expediente que tenían para no poner al Estado en una situación de indefensión en el trámite ante el sistema interamericano.

Ante tales deficiencias, al Estado Hondureño, no le quedó de otra más que allanarse y reconocer las violaciones a los derechos humanos cometidas, aunque lo hizo torpemente, lo que ocasionó que la Corte le requiriera claridad en las múltiples contradicciones en que incurrió en sus alegatos. El que actúo más que con torpeza, con una clara visión conservadora e irrespetuosa, fue el recién nombrado juez peruano Alberto Borea Odria, quien de una manera intencional y provocadora, nombró a la víctima como El ciudadano Zelaya, nombrándolo en términos masculinos y obviando toda la discusión sobre el derecho a la identidad de Leonela. Quien salvó el momento vergonzoso, fue la jueza chilena Patricia Pérez Goldberg, quien de inmediato nombró a la Señora Leonela Zelaya, reivindicando públicamente su reconocimiento a ser nombrada como mujer.

Ya solo queda enviar los alegatos finales por escrito, a más tardar el 24 de abril y esperar la sentencia en la que se espera siente argumentaciones importantes respecto del reconocimiento de otras formas de construir familias, como lo es la familia social, pues como bien lo ha señalado la Corte Interamericana, el concepto de familia no está limitado a nociones tradicionales de la misma pues los vínculos familiares se pueden materializar de diversas formas. Y como lo reconoce la CIDH, aunque no existan vínculos deconsanguinidad, las circunstancias particulares en las que pueden encontrarse cierto grupo de personas las llevan a conformar círculos cercanos de apoyo y esto a su vez puede llevar a que se reconozcan como familia a personas distintas a la familia nuclear.

El transfeminicidio de Leonela es la expresión más brutal y definitiva de la discriminación que de maneramás amplia afecta a las personas trans, gais, lesbianas y bisexuales en la sociedad hondureña y en toda la región. Su caso, sentará un precedente importante también en torno a la manera en que los fundamentalismos religiosos promueven, permiten y generan esas violencias.

Ahora toca a Leonela enfrentar una última lucha después de muerta, su lucha por la justicia, aún en contra de jueces conservadores y retrógradas como el Juez Alberto Borea Odria. No está sola, la acompaña Indyra Mendoza que en su alegato final hoy en la Corte señaló que es la única sobreviviente de una generación de lesbianas, gays y trans que no pudieron llegar a viejos, porque el fundamentalismo religioso y el conservadurismo profundo les mató.

Acompañemos a las peticionarias del caso de Leonela en su exigencia de Justicia.

 

Dra. María Guadalupe Ramos Ponce
Coordinadora de CLADEM en México
Profesora Investigadora de la UdeG.
@dralupitaramosp
lupitaramosponce@gmail.com
Canal de Youtoube Dra. Lupita Ramos.
https://www.youtube.com/channel/UCQ_bKrt9f4rkb7VST7-sYrg
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