Morena prohíbe pinta de bardas y espectaculares a candidat@s a gobernador

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Martes 19 de septiembre de 2023.- El Partido Movimiento Regeneración Nacional (Morena) aprobó las reglas para la elección de candidat@ a gobernador de las nueve entidades donde se eligirá mandatari@ el próximo 2024, entre ellos Jalisco.

Por cuestiones de paridad de género, el Comité Ejecutivo Nacional (CEN), aprobó elegir a cinco hombres y cuatro mujeres para ser coordinador@ de la Defensa de la Transformación en: Ciudad de México, Jalisco, Yucatán, Tabasco, Morelos, Guanajuato, Puebla, Veracruz y Chiapas.

En esta ocasión, para quienes sean elegidos, estarán prohibidos los anuncios espectaculares y pintar bardas; el uso de recursos públicos de cualquier naturaleza; la intervención de servidoras y servidores públicos en favor o en contra de participantes; la utilización de programas sociales, condicionamientos o coacción en favor o en contra de participantes.

No estará permitida la descalificación hacia el partido ni entre competidoras y competidores “que pudieran rayar en la guerra sucia”.

El registro de aspirantes a la gubernatura se abre desde las 00:00 horas del próximo 25 de septiembre de 2023 y hasta las 23:59 horas del 26 de septiembre de 2023, hora de la Ciudad de México.

La Comisión Nacional de Elecciones revisará las solicitudes, valorará y calificará los perfiles, y enviará la lista final al Consejo Estatal para que, de entre las personas que solicitaron su inscripción, se pronuncie a favor de cuatro perfiles, al menos dos de ellos tienen que ser de mujeres. El término para la recepción de las propuestas será el 28 de septiembre, para publicar la relación de solicitudes de registro aprobadas a más tardar el 30 de octubre de 2023.

Estos son algunos de los principales requisitos para quien ser gobernador de Jalisco por Morena, según Sin Embargo:

– Ser ciudadana o ciudadano originario de Jalisco en pleno goce de sus derechos o tener vecindad de al menos dos años previo a la elección (02 de junio de 2024).

– Tener 30 años cumplidos al día 2 de junio de 2024.

– No haber recibido sentencia por delito doloso.

– Separarse definitivamente de su puesto como funcionario público al menos 180 días antes del 2 de junio de 2024, ni tener mando en instituciones militares o policiales, a menos que se haya separado del cargo antes del 10 de septiembre de 2023; así como no estar al frente de una magistratura o ser Juez antes del 10 de septiembre de 2023.

-No tener sentencia condenatoria que haya causado estado, por el delito de violencia política contra las mujeres por razón de género, abuso sexual infantil, violación, feminicidio o violencia familiar, así como, no ser deudor alimentario.

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