Oficializan medidas restrictivas por Covid-19 en Jalisco

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Guadalajara, Jalisco.- Con la justificación de evitar más contagios de Covid-19 durante las festividades de fin de año y Día de Reyes, el gobierno de Jalisco oficializó este martes el acuerdo para imponer medidas restrictivas a la economía en el periodo que comprende el 25 de diciembre y el 10 de enero. Esto mediante el Periódico Oficial del Estado de Jalisco.

De acuerdo con los lineamientos publicados, los establecimientos comerciales y de servicios deberán mantener un aforo de una persona por cada cuatro metros cuadrados, con el 50% del espacio disponible ocupado, como máximo.

Tiendas departamentales, de autoservicio y comercios en general operarán de la siguiente manera.

  • La atención al público se suspenderá, de lunes a domingo, a partir de las 19:00
    horas.
  • No se permitirá el acceso ni se atenderá a las personas que no lleven cubrebocas.
  • No se permitirán estrategias de venta que impliquen ofertas de último minuto.
  • Se permitirá sólo el acceso a una persona menor de 15 años de edad por cada
    adulto.
  • Se instalarán filtros sanitarios en todos los accesos peatonales, incluyendo los
    accesos interiores por los estacionamientos.

Además, centros y plazas comerciales deberán cerrar durante los fines de semana, mientras que entre semana deberán acatar las mismas recomendaciones que las establecidas para el comercio en general.

Para actividades religiosas el acuerdo establece una aforo máximo del 25% o un máximo de 50 personas y éstas deberán durar el menor tiempo posible.

Para las actividades sociales, sobre todo en cuestión festiva, el Periódico Oficial estableció lo siguiente:

  • Las reuniones sociales privadas deberán tener un aforo máximo de 10 personas.
  • Se suspende cualquier tipo de fiesta o reunión en salones de eventos, ya sean
    abiertos o cerrados
  • Quedan prohibidas las siguientes actividades:
    a. Conciertos con público.
    b. Fiestas en la calle, ferias o festivales.
    c. Fiestas de Fin de Año en hoteles, restaurantes, bares, antros, salones y terrazas
    de eventos.
    d. Quema de pirotecnia en plazas públicas o templos.
    e. Fogatas en espacios públicos y domicilios particulares.
    f. Jaripeos, charreadas o corridas de toros. covid-19

De acuerdo con la publicación, quien no respete las medidas sanitarias establecidas estará sujeto a “apercibimiento, multa, clausura temporal o definitiva, que podrá ser parcial o total, y arresto hasta por treinta y seis horas”.

La declaratoria se aprobó la declaratoria del área metropolitana de Guadalajara, integrada por los municipios de Guadalajara, Zapopan, San Pedro Tlaquepaque, Tonalá, Tlajomulco de Zúñiga, El Salto, Juanacatlán, Ixtlahuacán de los Membrillos y Zapotlanejo.

Para el municipio turístico de Puerto Vallarta sólo se prohibió la operación de antros, bares y cantinas de manera permanente, así como las fiestas de fin de año en hoteles, restaurantes, bares, antros, salones y terrazas de eventos.

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