Promoción de revocación de mandato por funcionarios no procede, dice Tribunal Electoral

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19 de marzo de 2022.- El decreto que permite la promoción de la revocación de mandato de Andrés Manuel López Obrador por parte de funcionarios públicos, que aprobó el Congreso de la Unión y ratificó el gobierno al publicarlo en el Diario Oficial de la Federación (DOF), no aplica para el proceso del 10 de abril, porque tuvo que haber sido dado a conocer 90 días antes de esa fecha, señala el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

Este decreto fue aprobado el pasado jueves, 23 días antes del domingo en que los mexicanos decidirán si López Obrador sigue o no en la silla presidencial.

Señalan magistrados de la Sala Especializada del Tribunal que, de aplicarse, iría en contra de la temporalidad establecida en el Artículo 105 de la Constitución, que señala que cualquier modificación a las reglas se deben aprobar y publicarse al menos 90 días antes del inicio del proceso.

“Esta especificación del alcance de los conceptos a los que se refiere el decreto tiene el carácter de fundamental y por tanto, no debe regir para los procesos electorales que ya hayan dado inicio porque entonces podrían alterarse la aplicación de los principios que rigen en estos ejercicios comiciales, cuando menos el de certeza, que implica que todas las personas quienes van a participar de manera activa en los procesos y quienes van a votar, deben tener muy claras”, aclaró el presidente de la Sala, Rubén Lara.

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