Proponen tipificar el delito de ejecución extrajudicial en Jalisco

Publicado el

Guadalajara, Jalisco.-Arturo Lemus Herrera, diputado del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) propuso tipificar en el Código Penal del Estado la ejecución extrajudicial con entre 40 y 70 años de prisión y multas que equivalen de 43 mil 440 a 86 mil 880 pesos.

Presentó una iniciativa para adicionar el artículo 232 Ter del Código Penal para el Estado de Jalisco, y con ello, establecer: comete el delito de ejecución extrajudicial, la persona que prive de la vida a otra, cuando actué bajo orden, autorización, apoyo o aquiescencia (consentimiento o permiso) de las autoridades del estado.

El funcionario público, parte de los cuerpos de seguridad del estado, que haya ordenado, autorizado, apoyado o dado la aquiescencia para que se prive de la vida a una persona.

Cuando la privación de la vida es cometida por elementos de los cuerpos de seguridad estatales, ejerciendo su cargo, y se deriva de su actuación arbitraria, con abuso o exceso de la fuerza.

En su argumento, el diputado mencionó el caso de Giovanni López, en el que policías de Ixtlahuacán de los Membrillos lo detuvieron haciendo uso excesivo de la fuerza, y al día siguiente le informaron a sus familiares que había fallecido.

A raíz de lo sucedido, la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Jalisco (CEDHJ) hizo un Informe Especial sobre el caso, llamándolo ejecución extrajudicial.

“Se procede a realizar proposiciones que permitan prevenir futuros escenarios de ejecuciones extrajudiciales como fue el caso de López Ramírez”.

Lemus Herrera apuntó que la tipificación de dicho delito “no es un tema nuevo, ya que con algo de tiempo ha sido recomendación de organismos internacionales de que dicha figura delictiva sea incluida en las legislaciones de los estados”.

Sin embargo, apuntó que la tipificación de la ejecución extrajudicial, no solo debe obedecer al acatamiento de recomendaciones nacionales e internacionales, sino al reclamo que ” ya nos ha hecho nuestra sociedad, la cual exige una sanción severa por la amenaza que representan este tipo de conductas delictivas que son desplegadas por los agentes del estado, ya que como sociedad debemos permitir que quienes tienen la obligación (por el cargo publico que ocupan) de preservar el derecho a la vida, la estén aniquilando cobijados en ese poder de estado que ejercen”.

 

 

Con información de El Occidental 

En la misma categoria

Otras Noticias