Qué deben pagarte si haces home office

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Nación-. La cámara de diputados aprobó una reforma con la cual los patrones deberán asumir los costos derivados del trabajo en casa o home office, es decir los correspondientes al pago del internet y la parte proporcional de electricidad.

En la sesión de ayer, legisladores avalaron una reforma a la Ley Federal del Trabajo, en materia de teletrabajo, la cual fue devuelta al Senado para su análisis, y en su caso, que sea aprobada con los respectivos cambios.

El home office es una modalidad laboral que adquirió una gran importancia debido a la pandemia por Covid-19, pero, las condiciones laborales no siempre fueron respetadas y varios trabajadores comenzaron a quejarse al respecto.

Con base en datos de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), entre el primer y segundo trimestre de 2020, el tráfico de sitios web y usos de aplicaciones relacionadas al teletrabajo aumentó un 324% a nivel mundial.

Lo anterior también impactó a México, ya que según datos de la Facultad de Psicología de la Universidad Autónoma de México, el 70% de la actividad productiva se realiza vía teletrabajo.

Lo que deberán pagar los patrones

  • En el “home office”, los patrones tendrán las siguientes obligaciones especiales: proporcionar, instalar y encargarse del mantenimiento de los equipos necesarios para el teletrabajo como equipo de cómputo, sillas ergonómicas, impresoras, y otros más.
  • También, recibir oportunamente el trabajo y pagar los salarios en la forma y fechas estipuladas.
  • Asumir los costos derivados del home office, incluyendo, en su caso, el pago de servicios de telecomunicación (Internet) y la parte correspondiente de electricidad.

“No importa cuáles sean esos medios de comunicación, pueden ser un teléfono, un fax o medios más sofisticados, como redes locales o satélites, correo electrónico, videoconferencias o cualquier otra cosa no conocida aún”.

“Las tecnologías de información no sólo presuponen información como un enlace con su empleado, sino un elemento fundamental en la tarea a realizar, cómo consultar una base de datos, navegar en la red en busca de información relacionarse con personas de cualquier parte del mundo y de un mismo equipo de trabajo o compañía” se lee en el dictamen.

Aunado a lo anterior, también se establecen obligaciones especiales para los trabajadores, como el cuidado, guarda y conservación de los insumos proporcionados para realizar sus labores, respetar las disposiciones en materia de seguridad y salud laboral, así como la protección de datos utilizados en el desempeño de sus actividades.

¿Qué dice el dictamen sobre el “home office”?

Según el dictamen, se define al “home office” como una forma de trabajo realizado en lugares distintos al establecimiento o establecimientos del patrón, por lo que no se requiere la presencia física del trabajador.

Con base en lo anterior, subraya no se podrá considerar como tal aquel que se realice de forma ocasional o esporádica. Las condiciones de trabajo se harán constar por escrito mediante un contrato y cada una de las partes conservará un ejemplar.

Solo cuando el 40% del cumplimiento laboral sea fuera del centro de trabajo, será considerado como “home office”.

Trabajar solo la jornada laboral

Otro punto clave es que el trabajador únicamente deberá laborar su jornada de trabajo y que el empleador deberá promover el equilibrio en las relaciones laborales, así como observar la vida personal con la jornada laboral con perspectiva de género.

En el dictamen se argumenta que los trabajadores deben ser capaces de administrar su tiempo, equilibrando su vida personal y laboral.

Para ello deben implementarse y respetarse horarios de trabajo, fomentando también la desconexión fuera de ellos.

Con el objetivo de respetar la vida laboral y la personal, el patrón debe respetar y ser flexible con los horarios del trabajador, y este debe ser capaz de distanciarse de la familia para evitar distracciones mientras labora.

Por último, se ubican disposiciones para garantizar el derecho a la intimidad, respetando los datos personales y acotando las circunstancias bajo las cuales se podrán utilizar cámaras de video y micrófono.

Con información de El Informador

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