Ciudad de México.-Este miércoles la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió un jurisprudencia a través de la cual se permitirá cultivar y consumir mariguana con fines recreativos a todo ciudadano que así lo solicite al gobierno federal.
El fallo a favor se dio con cuatro votos a favor y uno en contra. El tema fue debatido por los ministros Arturo Zaldivar y Norma Piña, quienes propusieron invalidar los artículos de la Ley General de Salud que prohíben el consumo y cultivo de la mariguana.
Aunque se autoriza el cultivo y consumo, la jurisprudencia plantea que los consumidores no podrán vender ni distribuir el cannabis a terceras personas.
La declaratoria de inconstitucionalidad de los artículos de la Ley General de Salud “no supone en ningún caso autorización para realizar actos de comercio, suministro o cualquier otro que se refiera a la enajenación y/o distribución de las substancias antes aludidas”, plantearon.
Lo artículos de la Ley General de Salud invalidados son: 235, 237, 245, 247 y 248, los cuales prohíben el “sembrar, cultivar, cosechar, preparar, poseer, transportar y adquirir” de forma legal la semilla de la cannabis”.
Estos artículos, argumentan los magistrados, “violan los derechos humanos a la dignidad, pluralismo, personalidad, propia imagen, libertad personal y corporal”.
Esta jurisprudencia se suma a 5 amparos previamente concedidos a otros particulares para los mismos fines.
Con esta decisión, todo aquel ciudadano que esté interesado en cultivarla y/o consumirla con fines recreativos podrá solicitar un permiso a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) y si la dependencia lo niega podrán acudir a la SCJN para que se conceda el amparo.
En agosto pasado el Pleno de la SCJN aprobó el uso de la mariguana medicinal para Ciudad de México. Con ocho votos a favor los magistrados fijaron su postura a favor del uso médico o terapéutico de la cannabis.