Suprema Corte echa para atrás reforma en el Congreso sobre menores transgénero

 

Jueves 15 de junio de 2023.- Hace poco más de un año (07 de abril de 2022), cuando el Congreso del Estado de Jalisco aprobó el matrimonio igualitario y dio marcha atrás a las terapias de reconversión, también aprobaron el que las infancias trasgénero, solicitaran su cambio de género autopercibido en sus actas de nacimiento (si así lo deseaban) pero hasta los 18 años.

 

Sin embargo, ahora la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) echó para atrás esta última aprobación del legislativo en Jalisco (al desechar una determinación similar en Baja California), por considerarlo inconstitucional, por lo que lo podrán hacer en el momento que así lo decidan y no hasta la mayoría de edad.

 

El hecho se deriva de una queja de inconstitucionalidad en Baja California Sur, interpuesta por la Comisión Nacional de Derechos Humanos, derivada precisamente al considerar la determinación (también impuesta en esa entidad) violatoria a sus derechos humanos.

 

“Ello, al determinar que la norma invalidada prohibía de manera absoluta que las niñas, niños y adolescentes pudieran acceder al procedimiento para modificar su acta de nacimiento, lo cual resultaba violatorio de su derecho a que les sea reconocida su identidad de género autopercibida, a través de procedimientos adecuados y accesibles, que cumplan con los parámetros delineados por la SCJN, así como por la Corte Interamericana y los organismos del sistema universal de protección de los derechos humanos”.

 

“La Corte resolvió que, si bien es cierto que las niñas, niños y adolescentes se encuentran en una situación de especial vulnerabilidad, de tal manera que los procedimientos para modificar sus documentos oficiales deben contar con ciertas salvaguardias, la prohibición absoluta para modificar dichos documentos no encuentra justificación constitucional ni convencional”.

Por ello, el Congreso de Jalisco también tendrá que corregir y legislar al respecto de acuerdo a la nueva resolución que ofrece la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

 

“La SCJN concluyó que su sentencia surtirá efectos a los 12 meses siguientes a la notificación de sus puntos resolutivos al Congreso del Estado, con el objeto de que, dentro de dicho plazo, legisle para establecer un procedimiento sumario, de naturaleza materialmente administrativa, aunque en sede judicial, para el levantamiento de nuevas actas de nacimiento que reconozcan la identidad de género autopercibida”.

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