Aprueban Ley de Amnistía para Mujeres Víctimas de Violencia de Género

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Guadalajara, Jalisco.-El gobierno de Jalisco promulgó ayer la Ley de Amnistía para Mujeres Víctimas de Violencia de Género, lo que dará beneficios jurídicos a quienes hayan asesinado a sus agresores en un contexto de maltrato constante.

En sesión del Pleno, el Congreso estatal aprobó, por unanimidad, la legislación que establece que las mujeres que se encuentran en presidio por privar de la vida a la pareja que las violentaba sistemáticamente pueden ser liberadas si comprueban haber sido víctimas de maltrato físico, o psicológico, o patrimonial o sexual.

No obstante, la amnistía sólo tendrá efecto retroactivo en los casos juzgados con el anterior Sistema de Justicia Penal, o sea que el delito se haya cometido antes del 16 de junio de 2016.

Para que sea efectiva la ley, habrán de cumplirse las siguientes condiciones:

Este marco legal aplicaría bajo las siguientes condicionantes:

  • Que la mujer se encuentre condenada con sentencia firme o procesada por el delito de lesiones, homicidio o parricidio.
  • Acreditar antecedentes de sufrir violencia sistemática, ya sea física o sexual, por parte del sujeto pasivo, y que éste haya sido su esposo, cónyuge o pareja sentimental.
  • Que exista evidencia suficiente que compruebe que la sentenciada o procesada, por motivos de la violencia a la que se hace referencia, fue lo que motivó a la ejecución del hecho.
  • No tener antecedentes penales por delitos dolosos, ni sentencias firmes por diversos delito.
  • No estar sujeta a otro proceso penal del fuero común o federal por delito dolos
  • Que no exista evidencia que pruebe que fueron provocadoras y/o generadoras de violencia de género o violencia familiar.

La liberación debe ser determinada por un Juez de Sentencias, y se le extinguirá la responsabilidad penal, por los daños ocasionados a su esposo, cónyuge, concubino o pareja sentimental, bajo argumento de defensa de su dignidad humana como mujer.

Así mismo, la enjuiciada debe garantizar la reparación del daño, y podrá cubrirlo con hipotecas, en abonos o que un tercero intervenga para pagarlo.

Con información de El Financiero y Tráfico ZMG.

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