Avala TEPJF cambios hechos por el INE a proceso interno de Morena

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Ciudad de México-. La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó por unanimidad los cambios realizados por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), el 18 de septiembre, a los lineamientos, el cronograma y la convocatoria de la elección de la dirigencia del Comité Ejecutivo Nacional de Morena.

Por medio de un comunicado, el TEPJF reiteró que el 31 de agosto y el 4 de septiembre, el Consejo General del INE avaló los Lineamientos y la Convocatoria para elegir a la presidencia y secretaría general del partido.

“El 15 de septiembre, la Sala Superior ordenó al INE modificar los lineamientos y la convocatoria, esencialmente para considerar el principio de paridad de género en la integración de los órganos de dirección de Morena; que fundara y motivara, adecuadamente, las razones de restringir el número de candidaturas a participar en la encuesta abierta, y considerar al padrón de militantes como un indicio de que una persona está afiliada a Morena, lo que no impide que las y los solicitantes puedan aportar las pruebas que consideren pertinentes para acreditar su calidad de militantes, con el fin de que el INE analice en lo individual cada solicitud y determine lo conducente”, expuso.

De esa manera, el 18 de septiembre, el Consejo General del INE llevó a cabo los cambios ordenados por la Sala Superior, los cuales fueron impugnados por Morena.

Hoy, en sesión pública no presencial, por medio de videoconferencia, las magistradas establecieron confirmar los cambios hechos por el Consejo General del INE.

Según el comunicado, los magistrados consideraron que Morena no aportó más elementos de fondo para cambiar la decisión de aplicar dos encuestas.

El Consejo basó la decisión en diversos argumentos, entre ellos, una encuesta de reconocimiento y la reducción del número de opciones, la cual le otorga un mayor poder de decisión, representación y legitimidad al encuestado, además de que en cuanto menor sea el número de personas por las que se pregunta es mejor la calidad de la información obtenida en la respuesta, mencionó el TEPJF.

También, la Sala Superior rechazó por mayoría de votos las impugnaciones de Antonio Attolini Murra y de Alejandro Rojas Díaz Durán para controvertir el acuerdo del INE, al carecer en ambos casos de interés jurídico.

 

Con información de El Universal

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