En justicia penal, todos reprobados

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Puntos y Contrapuntos

Criterios

 

La gente tiene sobradas razones para estar desencantada, frustrada, enojada, con policías que no inhiben la criminalidad, con ministerios públicos y fiscalías que no investigan los delitos y no persiguen a los delincuentes, y con jueces que son laxos en la interpretación y aplicación de las leyes y las sanciones que de ellas deberían derivarse.

En México no se puede confiar en una procuración de justicia que, mayoritariamente, se lubrica con la fabricación de culpables, porque no investiga y convierte a miles de inocentes en delincuentes despreciables.

En México la administración de justicia tiene un precio, determinando por una amplia cofradía parasitaria que enferma y pudre las fibras más sensibles de un poder que desde hace mucho tiempo está alejado del pueblo.

Los valores superiores que garantizan los derechos de las personas y sus libertades naufragan en México, porque no están determinados por la fortaleza de la ley, ni por su escrupulosa, honrada y valiente interpretación y aplicación.

Para un segmento notablemente extendido de presuntos servidores públicos, en los ámbitos de la procuración y la administración de justicia, esos bienes superiores sólo están al alcance de quienes tienen dinero, influencias y poder.

El problema se profundizó a partir de la implementación del nuevo sistema de justicia penal, que aprobado en 2008 empezó a instrumentarse a partir del 2016, tarea para la que no fueron capacitados adecuadamente las policías preventivas, las policías investigadoras, los agentes del ministerio público y los jueces.

Esta irresponsabilidad y grave deficiencia habría que reclamárselas, en Jalisco, a los gobiernos del panista Emilio González Márquez (2007-2013) y del priista Jorge Aristóteles Sandoval Díaz (2012-2018).

En el ámbito federal esa incuria habría que atribuírsela a las administraciones del panista Felipe de Jesús Calderón Hinojosa (2006-2012) y del priista Enrique Peña nieto (2012-2018).

A las fragilidades del trabajo de las policías preventivas, de las procuradurías o fiscalías estatales, y de la Procuraduría General de la República a la que sustituyó la Fiscalía General de la República, habría que agregar las deficiencias, negligencias o la corrupción de personal de los poderes judiciales tanto de los estados como de la federación.

 

REFORMAS

Eso explica el reclamo que el pasado jueves 7 de febrero del 2017 hizo el presidente Andrés Manuel López Obrador al Congreso de la Unión, para que incorporara el robo de combustibles al catálogo de delitos graves que ameritan prisión preventiva oficiosa.

Sintetizó que, de 600 detenidos por ese delito, entre diciembre del 2018 y enero del 2019, sólo 66 quedaron sujetos a proceso. Las razones: por deficiencias en la integración de las carpetas de investigación –normales o deliberadas–, así como por tecnicismos jurídicos argumentados por los jueves en el momento de valorar la posibilidad de someterlos a proceso.

Hasta el momento, el Artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, cuya reforma está en proceso de ser ratificada por al menos 17 congresos estatales, advierte lo siguiente:

“Ninguna detención ante autoridad judicial podrá exceder del plazo de setenta y dos horas, a partir de que el indiciado sea puesto a su disposición, sin que se justifique con un auto de vinculación a proceso en el que se expresará: el delito que se impute al acusado; el lugar, tiempo y circunstancias de ejecución, así como los datos que establezcan que se ha cometido un hecho que la ley señale como delito y que exista la probabilidad de que el indiciado lo cometió o participó en su comisión”.

La reforma medular se refiere al segundo párrafo de este artículo que hasta el momento define cuáles son los delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa.

Así empieza el segundo párrafo del artículo 19: “El Ministerio Público sólo podrá solicitar al juez la prisión preventiva cuando otras medidas cautelares no sean suficientes para garantizar la comparecencia del imputado en el juicio, el desarrollo de la investigación, la protección de la víctima, de los testigos o de la comunidad, así como cuando el imputado esté siendo procesado o haya sido sentenciado previamente por la comisión de un delito doloso”.

Así concluye el párrafo referido: “El juez ordenará la prisión preventiva, oficiosamente, en los casos de delincuencia organizada, homicidio doloso, violación, secuestro, trata de personas, delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos, así como delitos graves que determine la ley en contra de la seguridad de la nación, el libre desarrollo de la personalidad y de la salud”.

La consideración de la prisión preventiva oficiosa, sólo para los delitos graves enumerados en el párrafo anterior, es lo que ha propiciado hasta la fecha la liberación de muchos presuntos delincuentes –ladrones de combustible, feminicidas, personas que portan armas prohibidas– que, aún sometidos a proceso, permanecen fuera de las cárceles, algo que irrita sobremanera a amplio segmento de la población.

Por esas razones el pasado miércoles 19 de febrero del 2019 la Cámara de Diputados de la federación aprobó la reforma del párrafo segundo del Artículo 19 constitucional, para ampliar el catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa, con los siguientes: robo de combustible, corrupción en el servicio público, uso electoral de programas sociales, feminicidio, abuso sexual contra menores, uso de armas exclusivas del Ejército, robo a transportes, robo a casa habitación y desaparición forzada.

Esta reforma es un eco desesperado al reclamo de la sociedad, debido a que la impreparación de las policías preventivas –municipales, estatales y federal–, así como la ineficiente capacitación del Ministerio Público y de jueces en el Poder Judicial, han propiciado la inadecuada integración de carpetas de investigación y su fragilidad en el momento en que son valoradas por el Poder Judicial, lo que propician la liberación –justa o injusta– de delincuentes peligros y reincidentes.

Esta reforma del artículo 19 constitucional que amplía el catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa, que para algunos juristas es regresiva y que para amplios segmentos de la sociedad era una exigencia desesperada, podría ampliar el riesgo de que se vulnere la presunción de inocencia en la investigación de algunos crímenes.

Habría que reconocer que esta reforma pretende subsanar la incapacidad de instituciones de gobierno para hacer efectivas las presumibles bondades del nuevo sistema de justicia penal, orientado en beneficio de los ciudadanos inocentes, para protegerlos de las acciones arbitrarias de procuradores y administradores de justicia ineficientes, abusivos o corruptos.

 

NEGLIGENCIA

Las reformas a la Constitución Política del país que dieron origen al nuevo sistema penal acusatorio y oral, que privilegian la presunción de inocencia, fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación el miércoles 18 de junio del 2008. Era gobernador de Jalisco el panista Emilio González Márquez; presidente de la República el también albiazul Felipe de Jesús Calderón Hinojosa y secretario de gobernación Juan Camilo Mouriño Terrazo.

El artículo segundo transitorio del decreto que originó esas reformas establece que “el sistema procesal penal acusatorio (…) entrará en vigor cuando lo establezca la legislación secundaria correspondiente, sin exceder el plazo de ocho años, contado a partir del día siguiente de la publicación de este decreto”.

El nuevo sistema debería entrar en vigor, en todo el país, a más tardar el 19 de junio del 2016.

En Jalisco transcurrieron cinco años (2008-2013) de la administración del panista González Márquez y tres de la del mandatario priista (2013-2016) Jorge Aristóteles Sandoval Díaz, en los que debieron ponerse las bases para la aplicación del nuevo sistema de justicia penal y para que se capacitara adecuadamente a personal de policías preventivas, procuraduría y Poder Judicial.

Igual temporalidad, imperativo y urgencia aplicaría para el gobierno federal de Calderón Hinojosa, en el periodo 2008-2012, y para la administración de Peña Nieto en el periodo 2012-2016.

Desde el primer día, el nuevo sistema de justicia penal estuvo condenado al fracaso. Sin embargo, sobraron las excusas y las justificaciones.

El lunes 5 de junio del 2017, durante la ceremonia de toma de protesta del nuevo administrador general de la Agencia Metropolitana de Seguridad –cargo asignado al regidor de Guadalajara con licencia, Marco Valerio Pérez Gollaz–, el gobernador Sandoval Díaz atribuyó al nuevo sistema de justicia penal el ser “hipergarantista”, lo que a su juicio habría propiciado la liberación de delincuentes y el incremento en los índices delictivos.

Ese punto de vista no fue compartido por juristas entrevistados por Mural en su edición del viernes 9 de junio del 2017 –entre ellos Guillermo Zepeda Lecuona, investigador del Colegio de Jalisco–, quienes argumentaron que más que una reforma para acabar con la impunidad, el actual sistema penal acusatorio necesitaba una mejora en las prácticas de la Fiscalía, de las policías estatal y municipales.

 

FRAGILIDADES

En Jalisco es emblemático este caso: “Por décima vez en dos años, Kevin volvió a ser detenido por policías de Tlajomulco de Zúñiga, luego de que presuntamente robó una casa habitación, en el Fraccionamiento Villas Terranova”.

“La captura fue ayer en la Calle Loma del Chivatillo, donde policías sorprendieron a dos sujetos extrayendo artículos electrónicos de un domicilio. Se trata de quien fue identificado de manera extraoficial como Kevin Roberto Aldapa Estrada, de 19 años, y de un adolescente, de 16”. La información, referida textual, la publicó Mural el 18 de noviembre del 2016.

Según registros periodísticos, apenas el 26 de octubre del 2016 “El Kevin” había sido detenido al tratar de robar un domicilio en la colonia Arcos de San Sebastián, en el municipio de Tlajomulco, con lo que sumó 9 capturas desde 2014.

Mural publicó el 30 de octubre del 2016 que “El Kevin” salió libre tras su captura debido a que el juez de control, José Luis Gutiérrez Miranda, determinó que la detención que realizaron gendarmes de Tlajomulco no fue legal porque no se acreditó la flagrancia.

En otro caso también significativo, el 30 de junio del 2017 el mismo periódico reseñó que el gobierno de Zapopan acusó de negligencia y posible corrupción en la Fiscalía General del Estado, tras darse la quinta detención en un mes de un presunto delincuente identificado como José Antonio Bautista Carrera, alias “El azote de Tabachines”.

La noche del jueves 29 de junio del 2017, agentes de la Comisaría Municipal aprehendieron a José Antonio cuando circulaba en una motocicleta robada por la colonia La Estancia. El sospechoso, de 21 años, recién había sido detenido el 22 de junio del mismo año, tras asaltar una tienda de autoservicio en Jardines del Vergel, pero un Juzgado de Control declaró que su detención no fue apegada a derecho.

 

FRACASO

El martes 7 de noviembre del 2017 se dieron a conocer las conclusiones del Índice Estatal de Desempeño de las Procuradurías y Fiscalías, realizado por un equipo que encabezaba el investigador del Colegio de Jalisco Guillermo Zepeda Lecuona, para las asociaciones Impunidad Cero y Jurimetría, que ubicaba al sistema de justicia penal jalisciense en la posición número 25, entre 32 entidades, por su mal desempeño en la procuración de justicia.

El martes 14 de noviembre del 2017 el periódico Mural difundió el Índice de Desarrollo Policial (Indepol), de la Asociación Civil Causa en Común, que ubicaba a la policía estatal de Jalisco (dependiente de la Fiscalía General) en el lugar 27 del total de 32 corporaciones analizadas, con calificaciones muy por debajo del promedio nacional.

La situación no era muy diferente en el resto del país.

Hasta el 13 de marzo del 2018, con un índice de impunidad de 69.85%, un 2.43% más alto que en 2016, México ocupaba el primer lugar en América Latina y el cuarto en el mundo entre los países en los que la justicia mostraba más fragilidad en perjuicio de los derechos de los ciudadanos.

Este día fue presentado el “Índice Global de Impunidad México 2018 (IGI-MEX)”, realizado por especialistas de la Universidad de las Américas Puebla (UDLAP), quienes advirtieron que el sistema de seguridad y justicia en México estaba colapsado por la carencia y adecuado entrenamiento y preparación de policías, agentes y agencias del Ministerio Público.

Mientras que en 2016 el promedio nacional del índice de impunidad era de 67.42%, en 2018 subió a 69.85%, afirmó el Rector de la UDLAP, Luis Ernesto Derbez Bautista.

El estudio evaluó las 32 entidades del país y resaltó en primer lugar al Estado de México, con 80.06% de impunidad; seguido por Tamaulipas, con 78.88%; Baja California, con 78.08%; Coahuila con 77.88% y Quintana Roo con 77.33%.

El 14 de marzo del 2018 el periódico Mural informó que con un grado de impunidad alto y una cifra negra por encima de la media nacional se encontraba Jalisco, de acuerdo con el mismo estudio referido, elaborado por la Universidad de las Américas Puebla.

Los delitos que no se denunciaban en Jalisco representaban 94.48% de los que realmente ocurrían, por encima de la media nacional de 93.71%. Jalisco aparecía en el puesto número 13 a nivel nacional, con relación a los delitos que quedaban sin castigo.

El grado de impunidad en Jalisco se calculaba en 69.69%, ligeramente por debajo de la media nacional en este rubro, que era de 69.85%.

De acuerdo con la publicación de la UDLAP, pese a que el 31 de mayo de 2016 comenzó a operar en Jalisco el nuevo Sistema de Justicia Acusatorio Penal, se percibía falta de capacitación en los operadores en todos los niveles.

El 13 de agosto del 2018, a tres meses y medio de que terminara su mandato el gobernador priista de Jalisco, Sandoval Díaz, eran muy claras las evidencias del fracaso de su gobierno en la implementación del nuevo sistema de justicia penal, de acuerdo con un estudio realizado por la organización independiente México Evalúa y el Centro de Investigación para el Desarrollo (CIDAC).

  1. Sobre resultados hasta 2017, Jalisco aparecía como la entidad número uno del país con el más alto índice de impunidad en el nuevo sistema de justicia penal acusatorio: 99.3%, según referencia publicada por el periódico Mural.

 

  1. En la evaluación de los avances que Jalisco había logrado en la implementación del nuevo sistema de justicia penal aparecía en el lugar 18, entre las 32 entidades del país. De un estándar ideal de 1,000 puntos, Jalisco apenas alcanzaba 243. Era un tuerto en tierra de ciegos.

 

  1. En el índice de confianza de los ciudadanos en el nuevo sistema de justicia penal, Jalisco estaba en el lugar 14, con un promedio negativo de menos 0.9 por ciento.

En la evaluación del nuevo sistema de justicia penal quedaron reprobados los gobiernos del panista González Márquez y del priista Sandoval Díaz. Igual suerte corrieron los regímenes federales del albiazul Calderón Hinojosa y del tricolor Peña Nieto.

Habría que observar con atención y mantener viva una severa exigencia sobre los actuales gobiernos, el de Enrique Alfaro Ramírez, de Movimiento Ciudadano, en Jalisco, y el de Andrés Manuel López Obrador, de Morena, en la República.

Ya no hay tiempo ni espacio para las excusas. Están obligados a cumplir y a ofrecer buenos resultados. Nunca hay que olvidar que las buenas intenciones no son suficientes, pues con ellas está empedrado el camino de los infiernos.

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