Inconstitucional, prohibición recreativa de la mariguana: Suprema Corte

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Ciudad de México.-El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la prohibición del consumo lúdico y recreativo de la mariguana, contenida en la Ley General de Salud.

“Hoy es un día histórico para las libertades. Después de un largo camino, esta Suprema Corte consolida el derecho al libre desarrollo de la personalidad para el uso recreativo de la marihuana”, expresó Arturo Zaldívar, ministro presidente del máximo tribunal.

La Corte del país votó a favor de la Declaratoria General de Inconstitucionalidad de los apartados en la ley mexicana que prohibían el uso lúdico y recreativo de la cannabis.

Con ello, la SCJN acordó enviar un exhorto al Congreso de la Unión para que regule el consumo recreativo de la mariguana, a fin de generar seguridad jurídica tanto a los usuarios como a terceras personas.

No obstante, esto no implica aún que todo el mercado de cannabis sea legal ni que los consumidores quedarán exentos de limitaciones o sanciones, ya que en el proyecto precisa que “no se autoriza en ningún caso importar, comerciar o suministrar” mariguana.

Sin embargo, la población ya no deberá ampararse para que la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) extienda permisos de cultivo para consumo personal.

En 2015, la SCJN se pronunció por primera vez a favor de otorgar un amparo a cuatro personas para que pudieran obtener permisos por parte de la Cofepris para realizar actividades necesarias para el uso lúdico de la mariguana.

En su demanda de amparo, las personas reclamaron la inconstitucionalidad de los artículos 235 (último párrafo), 237, 245 (fracción I), 247 (último párrafo) y 248 de la Ley General de Salud referentes a la producción, uso y autoconsumo de la cannabis y el THC.

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