Los corruptos deben ir a la cárcel; lo demás es demagogia

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Puntos y Contrapuntos

Criterios

 

Sólo en los hechos concretos y en las pruebas superadas se conoce la verdadera dimensión de una persona, de un presunto servidor público en particular, pues únicamente a través de los filtros del carácter se puede dimensionar su valor, su honestidad, su rectitud, la firmeza de los imperativos éticos que guían su vida en el cumplimiento de sus responsabilidades.

Lo demás es sólo demagogia, para encubrir fragilidades, hipocresías y un desdeñoso cinismo de quienes pretenden engañar a la sociedad con estruendosas y comprometedoras arengas, que al final se diluyen en el tiempo, entre el desencanto y la frustración de quienes se ilusionaron con ellas, como lágrimas entre la lluvia.

En política, como en el amor, los desengaños lastiman profundamente las fibras más sensibles de la gente, que difícilmente vuelve a confiar en quienes traicionan su confianza. El pozo de la desilusión suele ser tan profundo y oscuro, que nunca se le ve el fondo.

El pasado martes 30 de abril del 2019, en la reunión de la Conferencia Nacional de Gobernadores, el presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, designó al mandatario de Jalisco, Enrique Alfaro Ramírez, para encabezar una mesa de trabajo que analizará presuntos actos de corrupción dentro del Poder Judicial de las entidades federativas del país.

Se presume que estarán en esa mesa los gobernadores, representantes del Consejo de la Judicatura federal, de la Secretaría de Gobernación y de la Consejería Jurídica de la Presidencia de la República.

Aunque oficialmente no se dieron a conocer mayores detalles sobre la forma como operará esa mesa, el gobernador de Jalisco sí fue muy explícito en sus juicios con respecto al Poder Judicial.

“No vamos a reconstruir la paz en este país mientras siga imperando la corrupción, la ineptitud y la negligencia que hoy tiene secuestrado al Poder Judicial. No se puede generalizar, no son todos los jueces, ni magistrados, pero sí hay muchos que no han entendido que requerimos su responsabilidad. Particularmente (…) quienes piensan que la impunidad, bajo el amparo de la autonomía del Poder Judicial, va a seguir siendo la constante, se equivocó. No estamos jugando y vamos a poner en su lugar a quienes han torcido la ley”, dijo Alfaro Ramírez.

“Vamos a ir al fondo, y el caso de Jalisco va a ser emblemático. Ustedes conocen que este poder ha tenido dueños y manipulación permanente. Esa historia llegó a su fin (…) con la reforma que se va a presentar la próxima semana para que nunca más el nombramiento de magistrados y jueces esté sujeto al manoseo de partidos y de grupos de interés (…) Se ha formado una mafia de corrupción que tiene a Jalisco en una condición complicada que hace difícil la búsqueda de la paz. Vamos a revisar todo, no sólo el trabajo del Poder Judicial, sino de la Fiscalía, la actuación de los policías”, agregó el mandatario de Jalisco.

 

¿ES EN SERIO?

El gobernador tendría que decirles a los jaliscienses cómo se llevará a cabo esa depuración. Las acciones concretas y los nombres de las personas probas y conocedoras de la materia jurídica que encabezarían esa cruzada purificadora.

¿Habría acaso una ventanilla abierta a toda la sociedad, donde la gente pudiera presentar sus quejas concretas y las pruebas pertinentes sobre la corrupción de jueces, magistrados, integrantes de la Judicatura de Jalisco e inclusive personal de juzgados?

¿Quiénes serían los hombres confiables, honrados, valientes, incorruptibles, expertos en derecho que recibirían, analizarían y procesarían las quejas de los ciudadanos?

¿Se coordinaría con el Congreso de Jalisco o instruirá a la mayoría de los diputados de Movimiento Ciudadano para que investigaran e instauraran procesos de juicios políticos para la destitución e inhabilitación de malos funcionarios judiciales, jueces y magistrados?

¿Instruiría adecuadamente Alfaro Ramírez a alguna fiscalía especializada, o en particular a la Fiscalía Anticorrupción, para que investigara la responsabilidad administrativa, política e inclusive penal de personal administrativo del Poder Judicial, jueces y magistrados para que se les procesara por la vía que correspondiera e inclusive para que pudieran ser encarcelados?

¿De verdad estaría el gobernador dispuesto a pelearse con sus aliados de PAN, PRD, PRI para obligarlos a sacar las manos del Poder Judicial?

¿Estaría dispuesto a enfrentarse al exgobernador Jorge Aristóteles Sandoval Díaz y a su padre el exmagistrado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, quienes dejaron sembrado de obstáculos el Poder Judicial de Jalisco?

¿Se jugaría su suerte el actual mandatario estatal al combatir las redes que ha construido en el Poder Judicial el cacique de la Universidad de Guadalajara, el exrector Raúl Padilla López, en alianza con su socio político Enrique Aubry de Castro Palomino, del Partido Verde?

¿Estaría Alfaro Ramírez con el ánimo y la templanza de sustraerse de la tentación de limpiar el Poder Judicial sólo para convertirlo en una nueva agencia de colocaciones administrada por su gobierno y por su partido Movimiento Ciudadano?

Lo menos que se le podría exigir al gobernador es que empezara por investigar y documentar cuáles son las cadenas de corrupción que existen y que vincularían a diputados de la actual y de anteriores legislaturas; a integrantes del Consejo de la Judicatura; a magistrados y jueces; a agentes del Ministerio Público, así como funcionarios de la anterior y de la actual Fiscalía General que trafican con la procuración y la administración de justicia.

También podría suceder que Alfaro Ramírez simplemente simulara que está muy indignado, muy enojado, muy resuelto contra la corrupción, sin que pasara del discurso a los hechos, sin realizar a fondo alguna acción que probara sus buenas intenciones.

 

UN CASO

En sesión ordinaria celebrada el pasado martes 30 de abril de 2019, el Comité de Participación Social del Sistema Estatal Anticorrupción de Jalisco (CPS) acordó presentar una solicitud al Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado para que revise la sentencia en el toca de apelación número 164/2018, emitido por la Cuarta Sala del Supremo Tribunal de Justicia de la entidad.

En el comunicado oficial publicado en la página de Internet del Comité de Participación Social se advierte que se considera pertinente abrir un proceso de investigación sobre el caso resuelto por la Cuarta Sala del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Jalisco referido a la demanda por presunto “daño moral”, presentada (en 2016) por el entonces diputado del Partido Verde Ecologista de México, Enrique Aubry de Castro Palomino, contra el periodista Pedro Mellado por presunto daño moral.

Se señala que las notas periodísticas publicadas en el periódico “El Informador” del día 25 de abril del 2019 y en la página electrónica “Partidero. Periodismo de Diez” del 22 de abril del 2019, contienen elementos relevantes para ser analizados, por lo que el CPS solicitará al Consejo de la Judicatura que en el ámbito de sus competencias investigue los cuestionamientos y dudas sobre la resolución mencionada.

Es importante considerar que a raíz de esta resolución –advierte el pronunciamiento del CPS–, el periodista Pedro Mellado promovió y le fue concedido un amparo para la protección de derechos fundamentales relativos a la libertad de expresión y al acceso a la información presentes en los artículos 6, 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Aun en el supuesto de que el Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco argumentara que no es competente para investigar quejas en contra de magistrados y que esa facultad recaería en el pleno del Supremo Tribunal de Justicia, que podría desecharla por considerar la sentencia de los magistrados de Jalisco como un acto jurisdiccional, es factible la procedencia del juicio político ante el Congreso de Jalisco o la acción penal por probable delito en contra de la administración de justicia.

 

LA PROCEDENCIA

La Ley de Responsabilidades Políticas y Administrativas del Estado de Jalisco señala en su capítulo I quienes son sujetos y las causas de procedencia del juicio político.

En su artículo 5 dice: “1.- Podrán ser sujetos de juicio político, los diputados del Congreso del Estado; los magistrados del Poder Judicial y jueces de primera instancia; los magistrados del Tribunal Electoral del Estado y del Tribunal de Justicia Administrativa; los titulares de las secretarías dependientes del Ejecutivo del Estado, el Fiscal General, el Procurador Social y el Contralor del Estado; los integrantes del Consejo de la Judicatura, los consejeros electorales del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado; el presidente y los consejeros ciudadanos de la Comisión Estatal de Derechos Humanos; el Presidente y consejeros del Instituto de Transparencia e Información Pública del Estado; los presidentes, síndicos, regidores o concejales; y los funcionarios encargados de la hacienda municipal; así como los titulares de organismos públicos descentralizados y empresas de participación estatal y municipal mayoritaria”.

Agrega en su artículo 6: “1.- Es procedente el juicio político, cuando los actos u omisiones de los servidores públicos a que se refiere el artículo anterior, redunden en perjuicio de los intereses públicos fundamentales o de su buen despacho”.

Y precisa en su artículo 7: “1. Redundan en perjuicio del interés público fundamental y de su buen despacho: I.- El ataque que perturbe la vida jurídica y el buen funcionamiento de las instituciones democráticas establecidas y reguladas por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y por la Constitución Política del Estado de Jalisco y, entre otros, III.- Las violaciones graves o sistemáticas a los derechos humanos o las garantías individuales, siempre y cuando estén fundadas en sentencias firmes emanadas de los tribunales competentes…”, como sucede en el caso planteado.

Señala en su artículo 8: “1.- Corresponde al Congreso del Estado, substanciar el procedimiento relativo al juicio político, actuando como jurado de sentencia”.

Exige, como “requisitos de la denuncia de juicio político”, que, según contempla el artículo 11: “V.- Las pruebas documentales o elementos probatorios suficientes para establecer la existencia de la infracción y, en su caso, la solicitud de que la Comisión de Responsabilidades recabe las pruebas a las que el denunciante no tiene acceso”.

En este caso, las pruebas estarían contenidas en la sentencia de amparo emitida por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, con sede en Zapopan, que integran la magistrada Martha Leticia Muro Arellano, en funciones de presidenta, el magistrado Carlos Arturo González Zárate, quien fue ponente, y la secretaria de tribunal Martha Claudia Monroy Flores, autorizada por la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de magistrada.

Las sanciones, en caso de ser procedente el juicio político las establece el artículo 30 de la Ley de Responsabilidades Políticas y Administrativas del Estado de Jalisco: “1.- Si la resolución de juicio político que emita el Congreso del Estado es condenatoria, se sancionará al servidor público con la destitución, en caso de encontrarse en funciones, y con la inhabilitación para el ejercicio de empleos, cargos o comisiones en el servicio público de uno a veinte años”.

En este supuesto podrían estar el juez Cuarto de lo Civil del Primer Partido Judicial con sede en Zapopan, Manuel Edgardo Servín Orozco, y los magistrados de la Cuarta Sala del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Jalisco, Luis Enrique Villanueva Gómez (en su carácter de presidente), José de Jesús Covarrubias Dueñas y Héctor Delfino León Garibaldi.

Este es un caso que podría servir al gobernador Alfaro Ramírez para probar los alcances de su tan anunciado propósito de limpiar el Poder Judicial de Jalisco.

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