El 4 de julio de 2021, Lisby fue víctima de una agresión sexual por parte de Mártir Carbajal, quien la amenazó de muerte, a ella y a su hija y la llevó por la fuerza a un motel, donde la violó. En un momento de desesperación, Lisby logró arrebatarle el arma a su agresor y disparó para defender su vida. En lugar de recibir la protección que solicitó al llamar al 911, fue arrestada y encarcelada, sin que su versión de los hechos fuera considerada.
El caso de Lisby es acompañado por la Red Lésbica Cattrachas, organización hondureña que ha tenido una incidencia jurídica y política muy importante en el Sistema Interamericano de derechos humanos, al lograr sentar jurisprudencia regional con enfoque diferenciado e interseccional y por las organizaciones mexicanas CLADEM (Comité de América Latina y el Caribe para la defensa de los derechos de las Mujeres) una red feminista referente en el ámbito de la Justicia utilizando el derecho como una herramienta de cambio y Justicia pro Persona, organización comprometida con la defensa y promoción de los derechos humanos, centrada en la erradicación de la violencia de género y feminicida en México, además de ser una organización líder en la promoción de una justicia transformadora en México, ha realizado litigio estratégico exitoso en varios casos emblemáticos de la Justicia en México.
Estas organizaciones, han tomado el caso de Lisby, como un caso de Justicia internacional, por lo que han acudido a la Corte Suprema de Justicia Hondureña a solicitar Revisión del caso ante las múltiples fallas y omisiones advertidas por las juristas especialistas. Defenderse de un violador no es un delito. Lisby actuó en legítima defensa y debe ser reconocida por el sistema judicial. La decisión de encarcelarla no solo es injusta, sino que refleja un patrón más amplio de criminalización de las mujeres que se defienden de sus agresores, especialmente mujeres racializadas como Lisby.
La Corte Suprema en Honduras, ha realizado esfuerzos importantes para la implementación de la perspectiva de género, en el año 2024, capacitó en esta materia a jueces y juezas del país. Sin embargo, la capacitación no es suficiente si no se refleja en las sentencias y resoluciones con perspectiva de género.
En el caso de Lisby, no hubo en su momento, justicia con perspectiva de género, no se atendió el contexto de violencia que enfrentó y el derecho que tiene toda persona a defender su vida. La justicia debe ser imparcial y proteger a las víctimas de violencia sexual, no revictimizarlas y criminalizarlas.
Hoy se presenta una oportunidad única al Poder Judicial en Honduras y al sistema de justicia hondureño, para hacer una revisión profunda del caso, incorporar la perspectiva de género y emitir una sentencia justa que declare la libertad absoluta de Lisby.
Este caso no es solo una lucha por la libertad de Lisby, es una lucha por la Justicia, la verdad y la garantía de no repetición. Y es el caso que brindará la oportunidad a la Corte Suprema de Justicia en Honduras, para abatir las profundas fallas del sistema judicial hondureño y en reconocer y abordar la violencia de género con la perspectiva necesaria para garantizar justicia.
Dra. María Guadalupe Ramos Ponce
Coordinadora de CLADEM en México
Profesora Investigadora de la UdeG.
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Canal de Youtoube Dra. Lupita Ramos.
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