Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló este martes declarar inconstitucional la criminalización total del aborto, invalidando así el artículo 196 del Código Penal de Coahuila que establecía una pena de cárcel “a la mujer que voluntariamente practique su aborto o a la persona que le hiciere abortar con el consentimiento”.
“Es inconstitucional criminalizar el aborto de manera absoluta. Por primera vez, la Corte se pronunció a favor de garantizar el derecho de las mujeres y personas gestantes a decidir, sin enfrentar consecuencias penales”, destacó el máximo tribunal.
El ministro Luis María Aguilar, uno de los expositores del proyecto legal, expuso al respecto: “no tiene cabida dentro de la doctrina jurisprudencial de este Tribunal Constitucional un escenario en el cual la mujer y las personas con capacidad de gestar no puedan plantearse el dilema de continuar o interrumpir su embarazo“.
El fallo, calificó, es “histórico” porque es la primera vez que la SCJN “pone al centro de la discusión el derecho a decidir”.
“Pensar que penalizar el derecho de las mujeres a decidir sobre su cuerpo es una solución atenta contra el principio de mínima intervención penal”, coincidió al respecto la ministra Yasmín Esquivel.
La discusión en torno al tema comenzó ayer lunes 06 de septiembre y se extendió hasta este martes.
El aborto ─cuya criminalización es competencia local─ sólo está despenalizado en cuatro de los 32 estados del país: Ciudad de México, Oaxaca, Hidalgo y Veracruz.
Es inconstitucional criminalizar el aborto de manera absoluta. Por primera vez, la Corte se pronunció a favor de garantizar el derecho de las mujeres y personas gestantes a decidir, sin enfrentar consecuencias penales. pic.twitter.com/VkGM1P6T9L
— Suprema Corte (@SCJN) September 7, 2021